[CISS en la prensa] Mitos sobre trabajo forzado y trata laboral en Chile CISS | Universidad Mayor

En 2011, tres mujeres indonesias escaparon de sus lugares de trabajo en Punta Arenas y denunciaron a un hombre y dos mujeres por el delito de trata de personas. Esta historia incluso llegó a la prensa nacional y recibió mucha atención.

Desde el año 2020, hemos investigado casos de trata de personas con fines de trabajo forzado que involucran a mujeres de nacionalidad indonesia y filipina en Chile. En general, estas mujeres llegaron al país para desempeñarse como trabajadoras de casas particulares «puertas adentro», principalmente en las ciudades de Punta Arenas, Iquique, Santiago y Viña del Mar. Para el caso específico de las mujeres indonesias, muchas de ellas llegaron engañadas. Una vez en el país fueron sometidas a horas excesivas de trabajo, no se les proveyó de comida suficiente ni de ropa adecuada para el clima (del extremo sur), y no tenían días libres ni vacaciones. Sus movimientos eran restringidos; no contaban con celulares ni acceso a teléfonos para comunicarse con sus familias y conocidos; sus pasaportes fueron retenidos por sus empleadores; y, en al menos seis casos identificados, no recibieron sus sueldos.

De nuestro conocimiento, todas ellas finalmente escaparon de tales situaciones, y hoy cuentan con trabajo estable (algunas, junto a familias chilenas, mientras que otras optaron por volver a sus países de origen). Al menos diez de ellas denunciaron su caso, pero ninguno fue formalizado. Para algunas de las que quedaron en Chile, aún perduran secuelas de tipo psicológico, además de la decepción profunda en la justicia chilena.

Cuando se habla de la trata laboral, a menudo surgen discursos problemáticos sobre «esclavitud moderna» y estereotipos que asocian el fenómeno de la trata sólo a explotación sexual. A su vez, las imágenes divulgadas por campañas internacionales contra la trata generan en el imaginario social la idea de víctimas encadenadas, con grilletes o encerradas en piezas oscuras. Nos parece sumamente importante el poder visibilizar el fenómeno en Chile y desmitificar estos imaginarios erróneos sobre trata laboral y trabajo forzado que contribuyen a su invisibilización. Bajo esta lógica, y en base a nuestro estudio, ponemos en cuestión tres mitos relevantes: 1) la existencia de un(a) «víctima ideal»; 2) que el trabajo forzado es bastante distinto a explotación laboral; y 3) la idea que la explotación laboral es «menos grave» que otros tipos de explotación, como la sexual.

CONTEXTO DE LA TRATA LABORAL EN CHILE

Con la vigencia de la Ley 20.507 contra el tráfico y la trata de personas en Chile, por primera vez en la historia del país se puede sancionar el trabajo forzado cuando está vinculado a la trata de personas. Aunque no existe un acuerdo oficial sobre la definición de trabajo forzado entre las instituciones chilenas, tiende a seguirse los once indicadores establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT): abuso de vulnerabilidad, engaño, restricción de movimiento, aislamiento, violencia física y sexual, condiciones abusivas de trabajo y vivienda, además de horas excesivas de trabajo. Según la OIT, la presencia de un indicador puede ser suficiente para identificar un caso de trabajo forzado, y en otros escenarios es posible que más de un indicador sea necesario.

Las cifras oficiales son bajas: entre 2011 y 2021, veinte causas de trata laboral fueron formalizadas, y solo el cincuenta por ciento logró la dictación de una condena. Se puede argumentar que existe un subregistro, lo que apunta al desafío en identificar, investigar, formalizar y condenar casos de trata laboral, además de ofrecer apoyo, ayuda y protección a las víctimas. Existen muchos estudios a nivel internacional que acreditan la existencia de la «cifra oscura» de la trata: cuando por distintas razones ―tales como desconocimiento de las leyes o el idioma del país, temor a represalias o desconfianza a las instituciones―, las personas que están en situaciones de trabajo forzado no pueden o no quieren denunciar su condición (Quinteros et al., 2020).

•Mito #1: Existen «víctimas ideales» de la trata de personas. En nuestra investigación, hicimos entrevistas con fiscales, abogadas especializadas, abogadas asesores de la Fiscalía, y representantes de institutos (de Derechos Humanos y el Servicio Nacional de La Mujer y Equidad de Género). Están de acuerdo en que falta conocimiento profundo sobre lo que significa trabajo forzado y trata laboral, lo cual está fuertemente asociado con ideas dominantes sobre quienes pueden ser considerada/os como víctimas de la trata de personas. La «víctima ideal» es generalmente una mujer vulnerable, pobre, y/o un/a menor de edad, secuestrado/a, quien sufre explotación sexual y violencia física, y quiere colaborar con las autoridades para denunciar y captar a las personas responsables de su explotación.

Por eso, los estándares probatorios por trabajo forzado son bastante altos en comparación con otros delitos. Una abogada querellante especialista nos dijo que las victimas tienen que ser «muy humilladas» y experimentar algo «cercano a la tortura» para que las autoridades lo consideren como un caso de trata laboral:

«La verdad es que, a menos que la situación de trata aparezca igual que en las películas y adicionalmente tú tengas a una víctima ideal, no lo van a detectar».

Es decir, con excepción de las pocas personas especializadas en el tema, el Poder Judicial, la fiscalía, policía, carabineros, y otros funcionarios públicos relevantes suelen compartir la opinión pública sobre la construcción social y cultural sobre cómo debería aparecer un caso de trata laboral o la persona que la sufre, lo cual impacta de manera significativa y trágica en la aproximación legal y judicial sobre estas personas afectadas y sus casos.

Las «víctimas ideales» de la trata de personas son un mito. En general, las personas que experimentan la trata son seres humanos complejos, tienen agencia y opiniones, no son «inocentes», moralmente virtuosas ni siempre las personas más pobres. No siempre evidencian signos de violencia física o malnutrición ni se sienten o identifican como «víctimas». Hoy en día, los mecanismos de control y autoridad para forzar a un individuo a trabajar son más sofisticados que aquello, y a menudo usan manipulación psicológica y emocional.

•Mito #2: La trata laboral es muy distinta a los casos de explotación laboral. Hay quienes creen que estas situaciones se pueden categorizar como casos de «infracción laboral» o «trabajo forzado», de manera mutuamente exclusiva. Es un mito y error burocrático, porque cuando se determina que sí existen infracciones laborales, eso no significa que algo más no está pasando. Una situación de explotación laboral puede llegar a ser considerada como trabajo forzado dependiendo del contexto específico. En general, cuando un caso llega al tribunal laboral, el o la juez/a encargada puede dictar la multa correspondiente a las infracciones de las leyes laborales. Con esta sentencia, las autoridades tienden a cerrar el caso y definirlo como «un caso laboral».

La realidad es que muchas personas migrantes en el país están en situaciones de explotación laboral de distintos grados, entre las cuales la trata laboral constituye los casos más extremos. Una persona puede trabajar horas excesivas y con sueldo mínimo; mientras que otra hacerlo por años sin recibir ningún sueldo ni comida suficiente. Puede parecer que dos compañeros de trabajo tienen las mismas condiciones, pero hay uno de ellos que experimenta amenazas y control psicológico de su empleador, y tal diferencia impacta su capacidad real de renunciar al trabajo. El trabajo forzado es algo mundano y no tan sensacionalista. No incluye necesariamente violencia física ni sexual ―si bien hay casos que sí la evidencian―, aunque la violencia psicológica y emocional, que queda invisible, puede ser muy fuerte.

•Mito #3: La trata laboral y trabajo forzado son casos «menos graves» que la trata sexual. La idea de que quienes sufren la trata de personas con fines de trabajo forzado están en situaciones «menos graves» que quienes experimentan explotación sexual es otro mito. El delito de trata laboral tiene un impacto importante en la libertad del ser humano. A pesar de lo mundano que puede ser el trabajo forzado, detalles de las experiencias de quienes lo han experimentado nos dan cuenta de la humillación y fuertes secuelas en su dignidad como personas. Una mujer indonesia en Chile tuvo que «cazar palomas» y «robar huevos de sus nidos» para no pasar hambre. Otra mujer vivió tres años y medio sin pago ni acceso a ciertos productos básicos (por ejemplo, toallas higiénicas). Después de más de diez años de su escape, una mujer continúa con el tratamiento psiquiátrico que debió comenzar después de haber salido de una situación de trabajo forzado.

Concluimos esta columna con la esperanza de que el compartirlas nos pueda ayudar a visibilizar las realidades de la trata de personas con fines de trabajo forzado en el país. Empecemos a enfrentar este desafío desmitificando algunos de los estereotipos fuertes que lo rodean.

Texto cortesía Ciper Chile.



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